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miércoles, 29 de septiembre de 2010

El Código de ética es claro en el campo periodíostico

Por: Univ. René Reynaldo Kana

El Código de ética es claro en el campo periodístico

En el área del periodismo las reglas señalan claramente. Todos los comunicadores y periodistas se debe respetar el trabajo de los demás compañeros y/o colegas.

El código de ética de los periodistas indica claramente que deben respetas y debe ponerse entre comillas las fuetes textuales de los protagonistas (código de ética de la ANP). La libertad de información requiere como elementos indispensables la voluntad y capacidad de usar y no abusar de sus privilegios, (Código latinoamericano de ética periodística).

El profesional en el campo periodístico se debe a mayor compromiso y a mayor responsabilidad del origen la información de todas las protagonistas.

Todos los comunicadores y periodistas de cualquier medio de comunicación se tienen la obligación de respetar el derecho del autor y siempre mencionar la autoría.

La disciplina básica, la obligación moral de investigar los hechos sin perjuicio y difundir las informaciones sin intención maliciosa, (Código latinoamericano de ética periodística). Otros de los principios de los periodistas es tener la alta ética y moral de las fuentes o hechos sin atentar contra el autor intelectual.

Los profesionales en el área del periodismo, de nenguna manera se deben de ocurrir la distinción intencional de la información, por cualquier medio tradicional y/o digital. Y si esto es así, se constituirán siempre una falta grave.

Los comunicadores y periodistas deben se comprometidos con la alta responsabilidad con la audiencia. Y deben de abstenerse de toda actitud deshonesta, irresponsable como juicios calumniosos, plagio, acusaciones sin prueba a ataques injustificados a peligro de todas las personas, instituciones o agrupaciones sociales.

“Respetar el origen de la información, aceptar y defender la ley de derechos de autor”, indica uno de sus artículos del Código de Ética de la Asociación de Periodistas de La Paz.

Los periodistas mujeres y hombres de la comunidad boliviana tienen la obligación de cumplir el articulo 107 en su parágrafo II de la Constitución Política del Estado, “los principios se ejercerán mediante las normas de ética y de autorregulación de las organizaciones de periodistas y medios de comunicación y su ley”

Bibliografía 1. Código de ética de la Asociación Nacional de Periodistas (ANP), 2. Código de Ética de la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia 3. Código latinoamericano de ética periodística 4. Código de Ética de la Asociación de Periodistas de La Paz 5. Constitución Política del Estado; 2009., “Aprobada en el Referéndum de 25 de enero y Promulgada el 7 de febrero de 2009” 6. Derecho de Autor; Ley No. 1322., ley de 19 de enero de 1925. 7. Código niño, niña y adolescente; Ley no. 2026., del 27 de octubre de 1999.

Email: rey_kn@hotmail.com
Cel: 79603050

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